Entran en vigor nuevas medidas de contención de la Covid-19 que afectan las celebraciones de Navidad
Las nuevas restricciones afectan especialmente la restauración que solo puede abrir de 07.30 a 09.30 h y de 13 a 15.30 h
Este lunes 21 de diciembre entran en vigor medidas especiales para contener el incremento de contagios de Covid-19 que la Generalitat de Catalunya ha detectado en las últimas semanas. Los cambios afectan el periodo de Navidad y modifican algunos de los aspectos de su celebración. Las medidas estarán vigentes hasta el 11 de enero, con una posible revisión el día 28 de diciembre si los datos epidemiológicos lo permiten.
Las nuevas restricciones afectan especialmente el sector de la restauración que solo puede abrir de 07.30 a 09.30 h para servir desayunos y de 13 a 15.30 h para ofrecer comidas. En este horario, bares y restaurantes pueden abrir las terrazas, con una distancia mínima señalizada de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de mesas diferentes. Como hasta ahora, se establece una limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de grupos burbuja. En el interior, bares y restaurantes pueden ocupar el 30% del aforo, con buena ventilación natural o forzada y con una distancia mínima de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de mesas diferentes. Como en el exterior, hay limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de grupos burbuja. A partir de las 15.30 h, los establecimientos solo pueden ofrecer comida para llevar hasta las 22 h que se puede repartir a domicilio hasta las 23 h.
Excepcionalmente, en los servicios correspondientes a las comidas de los días 24, 25, 26 y 31 de diciembre de 2020 y de los días 1, 5 y 6 de enero de 2021 el número máximo de comensales por mesa o agrupación de mesas se establece en seis personas, salvo que sean convivientes, siempre que pertenezcan como máximo a dos burbujas de convivencia.
El número máximo de personas que se pueden reunir en actividades sociales continúa siendo de 6 personas, correspondientes a una sola burbuja de convivencia habitual. Los días 24, 25, 26 y 31 de diciembre y 1, 5 y 6 de enero, el máximo permitido es de 10 personas, correspondientes a dos burbujas de convivencia.
El Ayuntamiento de Rubí ofrece información sobre las medidas de contención de la Covid-19 en el web municipal y dedica un apartado exclusivamente a las restricciones y recomendaciones que afectan el sector comerciales y de restauración.