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El Ayuntamiento de Rubí inicia una nueva campaña de inspección de horarios comerciales Coincidiendo con la época de rebajas, agentes de la Policía Local controlarán que todos los comercios de la ciudad cumplen la normativa vigente. https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

El Ayuntamiento de Rubí inicia una nueva campaña de inspección de horarios comerciales

Coincidiendo con la época de rebajas, agentes de la Policía Local controlarán que todos los comercios de la ciudad cumplen la normativa vigente.
El Ayuntamiento de Rubí inicia una nueva edición de la campaña de inspección de horarios comerciales coincidiendo con el periodo de rebajas de invierno. Una campaña en la que intervienen los servicios de Comercio, Policía Local y Actividades.

El año pasado, la Concejalía de Comercio llevó a cabo un operativo que consistió en enviar información a todos los comercios de la ciudad sobre la normativa que regula los horarios comerciales. Esta difusión se hizo a través de tres canales: los medios de comunicación de la ciudad, el envío de dípticos informativos en diferentes lenguas y a través del boletín de comercio que reciben todos los comercios de Rubí.

Durante esta campaña se detectaron algunos establecimientos que no cumplían la normativa y se actuó a fin de que se adecuaran a la norma. En este sentido, tanto la concejala de Comercio, Arés Tubau, como el concejal de Seguridad y Movilidad, Josep Antoni Serra, valoran satisfactoriamente el trabajo transversal llevado a cabo por el área de Comercio y la Policía Local en el marco de esta campaña.

Los agentes controlarán que todos los comercios cumplen la ley, con el objetivo de erradicar las irregularidades que puedan cometerse. En caso de detectar cualquier otro tipo de infracción, ya sea de seguridad, de condiciones sanitarias del establecimiento, etc., se levantará la correspondiente acta, que se trasladará al servicio competente.

La ley de horarios comerciales permite la apertura de los comercios de lunes a sábado, entre las 7 y las 22, con un máximo de 12 horas al día, y sólo aquellos domingos y festivos establecidos por la Generalitat. Con todo, tienen permitida la apertura sin limitación horaria las floristerías, pastelerías, tiendas de venta de platos preparados, gasolineras y establecimientos de alimentación de una superficie inferior a 150 m2.

Otros establecimientos, como las farmacias y las tiendas situadas en el entorno de mercados de venta ambulante que se celebran en días festivos, están sujetos a una normativa específica.

Las sanciones

Las multas por el incumplimiento de la ley de horarios comerciales, vigentes desde el 1 de enero de 2005, oscilan entre los 60.000 euros de las leves y los 600.000 euros de las muy graves.

Para graduar el importe de la sanción se tienen en cuenta varios parámetros: la superficie de venta del establecimiento, la cuantía del beneficio ilícito obtenido como consecuencia de la actuación infractora, el grado de intencionalidad de la infracción , el plazo de tiempo durante el que se ha estado cometiendo esta infracción y la reincidencia.

Además, si se pertenece a un grupo de empresas que supere el 20% de la cuota de mercado en el conjunto de Cataluña, se aplica la sanción correspondiente al grado máximo.

La competencia en materia sancionadora en el caso de las infracciones leves y graves recae en la administración local y es el Servicio de Actividades quién se hace cargo de su tramitación. En cambio, las infracciones muy graves son competencia de la Generalitat.