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Se amplía hasta el 16 de julio el plazo para que los vecinos de Sant Muç paguen la séptima cuota Las personas que quieran fraccionar el pago dispondrán de 12 meses para hacerlo efectivo sin necesidad de presentar avales. https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

Se amplía hasta el 16 de julio el plazo para que los vecinos de Sant Muç paguen la séptima cuota

Las personas que quieran fraccionar el pago dispondrán de 12 meses para hacerlo efectivo sin necesidad de presentar avales.
Los servicios jurídicos y técnicos del consistorio y el concejal de Planificación, Ecología Urbana y Seguridad, Manuel Velasco, han informado a los representantes de las asociaciones de vecinos de Sant Muç que podrán satisfacer la séptima cuota de las obras de urbanización de forma voluntaria hasta el 16 de julio. A estas alturas, el 20% de los propietarios de parcelas ya han hecho efectivo el pago durante el período en voluntaria que inicialmente finalizaba el día 20 de este mes. El concejal ha justificado esta nueva ampliación para dar cumplimiento al debate político suscitado en las últimas semanas en torno al cobro de esta séptima cuota.

Un debate que se concretó en una moción presentada por el Partido Popular y aprobada por unanimidad en el Pleno Municipal el pasado 28 de marzo, donde se solicitaba la detención del cobro de la séptima cuota hasta disponer de un informe jurídico que avalara que el cálculo, que había tomado como referente la cuenta de liquidación provisional del año 2004, era correcto. En este punto, algunas formaciones políticas apuntaban dudas de porque no se había calculado la séptima cuota tomando como referencia la cuenta de liquidación provisional del año 2010.

La moción también solicitaba información detallada sobre la actual situación económica del proceso de reparcelación de Sant Muç, así como conocer si el equipo de gobierno había dado cumplimiento a la moción del 25 de septiembre de 2008 donde se apuntaba la posibilidad de pedir responsabilidades a las empresas de las obras por mala ejecución de los trabajos y aplazamiento en la recepción.

El último punto de la moción pedía que se pudiera facilitar a los vecinos el pago de la séptima cuota de forma fraccionada, en 12 meses y sin tener que presentar garantías ni avales complementarios. Este último punto ya ha sido tramitado con la Diputación de Barcelona, que es el organismo que financiará el fraccionamiento y quien cobrará los intereses que se deriven de éste. Los vecinos que quieran acogerse voluntariamente no necesitarán ningún aval para solicitar el fraccionamiento y dispondrán de plazo para pagar esta cuota hasta el 16 de julio de 2013.

La comisión de transparencia del pasado viernes puso sobre la mesa todos estos puntos. El equipo de gobierno informó sobre los trámites hechos para hacer efectivo el pago fraccionado y entregó a todos los grupos de la oposición los informes jurídico y económico solicitados. La información facilitada en la comisión es la misma que el concejal ha trasladado a los vecinos y que les ha permitido conocer la estimación total de los gastos de gestión y urbanización, que se sitúa en torno a los 31,6 millones de euros.

Cuota correctamente liquidada
El informe presentado por la coordinadora de Servicios Jurídicos del Ayuntamiento y firmado conjuntamente por el secretario del consistorio concluye que 'la Administración no puede de forma discrecional detener el cobro de las cuotas urbanísticas ni suspender la ejecución del cobro de las mismas. Únicamente se puede hacer siguiendo los procedimientos de revisión que marca la normativa vigente. La suspensión de la ejecución de un acto se tiene que solicitar con la presentación del recurso de reposición en vía administrativa o como medida cautelar en la interposición del recurso contencioso-administrativo. El órgano competente para dejar sin efecto un acto es el mismo órgano que lo dicta'. Sólo la alcaldesa o el delegado, que sí tendrían las competencias, podrían hacerlo en aquellos casos previstos en la normativa vigente en cuanto a revisión de actos que no se dan en el caso de Sant Muç.

El escrito jurídico también considera 'correctamente liquidada la séptima cuota en base a la cuenta de liquidación provisional de 2004 porque se apoya en diferentes actos administrativos firmes que no han sido recurridos' por ninguna formación política o particular. Así también lo recogen los artículos 162.3 y 163 del reglamento de la Ley de urbanismo. El informe apunta que la distribución de cargas y beneficios se hará con el cálculo de la cuota de liquidación definitiva. Será el momento de aplicar las diferentes sentencias que se han producido, tal y como ya apuntó el concejal Velasco en rueda de prensa el pasado mes de marzo.

En estos momentos todavía hay 6 contenciosos abiertos, de los cuales 2 son por responsabilidad patrimonial, del total de 14 que se han tramitado en los últimos años.

Respecto al cumplimiento por parte del equipo de gobierno de la moción aprobada por unanimidad en el pleno del 25 de marzo de 2008, el informe jurídico apunta que se incoaron dos expedientes administrativos a Dragados por daños y perjuicios, así como por demora en los plazos para hacer las obras. Estos expedientes fueron archivados después de llegar a un acuerdo con Dragados, que se comprometió a llevar a cabo un listado de deficiencias y a no ejecutar un contencioso abierto contra el Ayuntamiento por demora en el pago de las obras ejecutadas. En cuanto a las compañías de electricidad y telefonía, el equipo de gobierno ha informado que el Ayuntamiento no pudo abrir ningún expediente porque los retrasos en las obras no eran imputables a las compañías sino al incumplimiento de algunos propietarios que no hicieron las obras previas dentro de sus parcelas a pesar de la reiterada demanda del consistorio.