Una resolución judicial obliga al Ayuntamiento a cubrir la señalización de restricción de paso en el camino de Ullastrell
La empresa TMA Grupo F. Sánchez SL solicitó esta medida cautelar a la hora de interponer recurso contra la aplicación del decreto dictado por el consistorio.
El Ayuntamiento de Rubí cubrirá la señalización que instaló a principios de julio y que restringía el paso de camiones con una longitud superior a los 12 metros por el camino de Ullastrell, dejando sin efecto, de manera temporal, esta prohibición.
La empresa TMA Grupo F. Sánchez SL interpuso un recurso contencioso administrativo contra el decreto de 10 de julio de 2012 que acordaba esta restricción de tráfico. En la tramitación del recurso, y con carácter previo, la empresa solicitó al juzgado la adopción de medidas cautelares consistentes en la suspensión de la aplicación del decreto. El juzgado, mediante resolución fechada el 26 de noviembre de 2012, estimó la solicitud de la mercantil TMA y ha acordado la suspensión del decreto.
Estas medidas cautelares tienen carácter provisional hasta que se dicte sentencia y, como ha explicado la concejala de Espacio Público, Obra Pública y Movilidad, Belén Meneses, 'no suponen un pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión, es decir, si la restricción es o no ajustada a derecho'. Y es que esta cuestión se discute en el recurso principal, no en las cautelares.
El Ayuntamiento de Rubí, por su parte, interpondrá un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña contra la resolución del juzgado.
La empresa TMA Grupo F. Sánchez SL interpuso un recurso contencioso administrativo contra el decreto de 10 de julio de 2012 que acordaba esta restricción de tráfico. En la tramitación del recurso, y con carácter previo, la empresa solicitó al juzgado la adopción de medidas cautelares consistentes en la suspensión de la aplicación del decreto. El juzgado, mediante resolución fechada el 26 de noviembre de 2012, estimó la solicitud de la mercantil TMA y ha acordado la suspensión del decreto.
Estas medidas cautelares tienen carácter provisional hasta que se dicte sentencia y, como ha explicado la concejala de Espacio Público, Obra Pública y Movilidad, Belén Meneses, 'no suponen un pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión, es decir, si la restricción es o no ajustada a derecho'. Y es que esta cuestión se discute en el recurso principal, no en las cautelares.
El Ayuntamiento de Rubí, por su parte, interpondrá un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña contra la resolución del juzgado.