Realización de los informes propuesta de extranjería
Todos los informes deben solicitarse por vía instancia a la OAC o mediante la sede electrónica del Ayuntamiento, adjuntando la solicitud correspondiente y la documentación necesaria.
INF01: INFORME DE ADECUACIÓN DE LA VIVIENDA
- ¿Qué es?
El informe acredita que se dispone de una vivienda adecuada y que ésta cumple las condiciones de habitabilidad reguladas en el Decreto 14/2012 (DOGC de 2 noviembre de 2012).
- ¿Para qué sirve?
El informe de adecuación de la vivienda es necesario para solicitar un reagrupamiento familiar.
- ¿Quién puede solicitarlo?
Personas empadronadas en Rubí, extranjeras extracomunitarias, mayores de edad, que dispongan de una autorización de residencia renovada o en proceso de renovación.
- ¿Qué documentación debe presentarse?
- Solicitud cumplimentada y firmada.
- Justificante del pago de la tasa de la Generalidad (importe a pagar: 38,60 €). *En el momento de registro en el Ayuntamiento de Rubí (OAC), también tendrá que pagar otra tasa por valor de 52'15 €.
- Certificado de empadronamiento de la unidad de convivencia.
- NIE de la persona solicitante (en vigor).
- Pasaporte de la persona solicitante y de todas las personas a las que quiere reagrupar (primera página y en vigor).
- Documentación que demuestre el vínculo familiar (libro de familia, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento, entre otros).
- Escritura o contrato de alquiler de la vivienda.
- Recibo del último mes pagado (hipoteca o contrato de alquiler).
- Último recibo correspondiente a algunos de los suministros de la vivienda (luz, agua, gas, entre otros).
* Las personas a reagrupar, mayores de edad, no se pueden encontrar en situación administrativa irregular en el Estado Español.
INF02: INFORME DE ENRAJAMENTO SOCIAL
- ¿Qué es?
Documento que hace constar el tiempo de permanencia en el Estado español, los vínculos familiares, los medios de vida o los programas de inclusión y formación que se han llevado a cabo.
- ¿Quién puede solicitarlo?
Personas extranjeras no comunitarias mayores de edad, en situación administrativa irregular y empadronadas en Rubí en el momento de la solicitud que puedan acreditar su residencia en España durante al menos tres años.
Existen exenciones tal y como se indica en la Instrucción SIMC/TSF/1/2017.
- ¿Para qué sirve?
Para regularizar la situación administrativa de la persona y obtener así un permiso de residencia o residencia y trabajo.
- ¿Qué documentación debe presentarse?
Enraizamiento social con autorización de trabajo
- Solicitud cumplimentada y firmada.
- Pasaporte (primera página y en vigor).
- Volante histórico de padrón donde justifique los 3 años continuados de residencia en territorio español (ausencias no superiores a 120 días).
- Contrato de trabajo:
- Que garantice el Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
- Jornada laboral de mínimo 30h/semanales (Excepción: si se tienen menores a cargo o personas que necesitan medios de soporte, el contrato podrá ser de 20h/semanales).
- Se pueden presentar más de un contrato en dos supuestos:
- En el sector agrario: contratos concatenados en el tiempo.
- Pueden presentarse contratos de trabajo parciales de una o diferentes actividades, siempre que el total de las retribuciones sean el SMI.
- Certificado conforme ha cursado catalán A1 o superior (mínimo 45h) en el Servicio Local de Catalán (CNL) o escuela de adultos o con el ayuntamiento.
- Otros certificados de español, formativos, etc.
- Justificantes de haber estado vinculado a alguna red de voluntariado, etc.
Enraizamiento social sin autorización de trabajo
- Solicitud cumplimentada y firmada.
- Pasaporte (primera página y en vigor).
- Volante histórico de padrón donde justifique los 3 años continuados de residencia en territorio español (ausencias no superiores a 120 días).
- Estar exento de aportar un contrato de trabajo siempre que se disponga de medios económicos de familiares directos (cónyuge, pareja de hecho, ascendente y descendiente de primer grado y online directa) que representen al menos el 100% del IMV con carácter anual.
- En este caso es necesario el NIE del familiar que presenta los medios económicos, el contrato de trabajo, el certificado de empadronamiento de la unidad de convivencia y el documento que demuestre el vínculo familiar (libro de familia, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento , entre otros).
- Certificado conforme ha cursado catalán A1 o superior (mínimo 45h) en el Servicio Local de Catalán (CNL) o escuela de adultos o con el ayuntamiento.
- Otros certificados de español, formativos, etc.
- Justificantes de haber estado vinculado a alguna red de voluntariado, etc.
INF03: INFORME DE INTEGRACIÓN SOCIAL
- ¿Qué es?
Valora, en su globalidad, el esfuerzo de integración que ha realizado la persona durante su estancia en el país.
- ¿Para qué sirve?
Es necesario para la renovación de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo.
- ¿Quién puede solicitarlo?
Personas extranjeras extracomunitarias empadronadas en Rubí que deben renovar o modificar el permiso de residencia temporal, y que no cumplen alguno de los requisitos previstos para su renovación.
- ¿Qué documentación debe presentarse?
- Solicitud cumplimentada y firmada.
- Pasaporte (primera página y en vigor).
- NIE en período de renovación (60 días antes o 90 días después de la fecha de caducidad).
- Volante histórico de padrón donde justifique los 3 años continuados de residencia en territorio español (ausencias no superiores a 120 días).
- Contrato de trabajo.
- Informe de vida laboral actualizado.
- Inscripción como demandante de empleo.
- Certificado conforme ha cursado catalán A2 o superior (mínimo 45h) en el Servicio Local de Catalán (CNL) o escuela de adultos o con el ayuntamiento*
- Otros certificados de español, formativos, etc.
- Justificantes de haber estado vinculado a alguna red de voluntariado, etc.
- La persona extranjera solicitante podrá acompañar a la solicitud de cualquier documento que, según su criterio, sea determinante de su integración social.
* Si la persona no habla el catalán, el certificado que debe acreditar es de 90 h.
INF04: INFORME DE ADECUACIÓN DE LA VIVIENDA PARA RENOVAR AUTORIZACIONES DE RESIDENCIA
- ¿Qué es?
El informe acredita que se dispone de una vivienda adecuada y que cumple las condiciones de habitabilidad reguladas en el Decreto 14/2012 (DOGC de 02 de noviembre de 2012)
- ¿Para qué sirve?
Para renovar autorizaciones de residencia en virtud de reagrupación familiar cuando ha habido un cambio de domicilio respecto a la vivienda en la que se efectuó la reagrupación.
- ¿Quién puede solicitarlo?
Personas empadronadas en Rubí, extranjeras no comunitarias, mayores de edad, que dispongan de una autorización de residencia renovada y que hayan cambiado de vivienda respecto a la que se acreditó en el momento de la reagrupación.
- ¿Qué documentación debe presentarse?
- Solicitud cumplimentada y firmada.
- Justificante del pago de la tasa de la Generalidad (importe a pagar: 38,60 €). En el momento de registro en el Ayuntamiento de Rubí (OAC), también tendrá que pagar otra tasa por valor de 52'15 €.
- Certificado de empadronamiento de la unidad de convivencia.
- NIE de la persona solicitante (en vigor).
- Pasaporte de la persona solicitante y de todas las personas a las que quiere reagrupar (primera página y en vigor)*
- Documentación que demuestre el vínculo familiar (libro de familia, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento, entre otros).
- Escritura o contrato de alquiler de la vivienda.
- Recibo del último mes pagado (hipoteca o contrato de alquiler).
- Último recibo correspondiente a algunos de los suministros de la vivienda (luz, agua, gas, entre otros).
* Las personas a reagrupar, mayores de edad, no se pueden encontrar en situación administrativa irregular en el Estado Español.
¿Adónde tienes que dirigirte para hacer la instancia?
Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC)
C. Narcís Menard, 13-17
93 588 70 00
oac@ajrubi.cat para solicitar información y/o consultas
Es necesario pedir cita previa en este enlace.
*Estos trámites también se pueden solicitar por la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Rubí.