Identificación y censo
Tal como se establece en la Ordenanza reguladora de la tenencia de animales del Ayuntamiento de Rubí, todos los propietarios y propietarias de un animal de compañía (perros, gatos y hurones) deben:
Identificar a su animal con un microchip homologado. Esta identificación se puede hacer en cualquier centro o clínica veterinaria.
Censarlo. Si el animal reside de manera habitual en Rubí, deberá inscribirse en el Registro municipal de animales de compañía. Este trámite se podrá hacer en cualquiera de las oficinas de atención a la ciudadanía (OAC) de la ciudad. La inscripción en el censo se realizará en el plazo máximo de tres meses desde el nacimiento del animal o bien de treinta días naturales desde la fecha de adquisición o del cambio de residencia.
Puedes encontrar toda la información relacionada con el trámite de inscripción en el Registro municipal de animales de compañía en el apartado de trámites y gestiones de la Sede electrónica. También puedes consultar la información de las tasas que gravan la tenencia de animales.
Consulta el censo municipal de animales de compañía en datos abiertos