Otras regulaciones
En este apartado encontrarás las principales normativas en materia de comercio con respecto a cuestiones como:
Consumo
- Ley 22/2010, de 20 de julio, del código de consumo de Cataluña
- Decreto 121/2013, de 26 de febrero, por el que se regulan las hojas oficiales de queja, reclamación y denuncia en las relaciones de consumo
- Hojas de reclamación/denuncia
- Cartel informativo hojas reclamación denuncia
Equipamientos comerciales
- Decreto Ley 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales.
- Decreto 378/2006, de 10 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 18/2005, de 27 de diciembre, de equipamientos comerciales (esta ley está derogada por el DL 1/2009, pero el decreto sigue vigente).
Otra normativa relacionada con los equipamientos comerciales
- Ley 16/2015, de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica
- Ley 3/2012, del 22 de febrero, de modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto
- Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo
- Decreto 305/2006, de 18 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley de urbanismo - TEXTO CONSOLIDADO
- Ley 9/2003, de 13 de junio, de la movilidad
- Decreto 344/2006, de 19 de septiembre, de regulación de los estudios de evaluación de la movilidad generada
Marchantes
- Decreto 162/2015, de 14 de julio, de venta no sedentaria en mercados de venta ambulante
- Reglamento del mercado de venta no sedentaria en Rubí
- Tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público municipal
Regulación específica de la venta de pan
El comercio al por menor de pan y derivados tiene una regulación específica desde el punto de vista de ordenación comercial, además de la correspondiente normativa técnica. Se hace distinción entre los establecimientos dedicados esencialmente a la venta de pan y otros establecimientos, que de acuerdo con la normativa técnica pueden compatibilizar esta actividad con la venta de pan. Se consideran establecimientos esencialmente dedicados a la venta de pan -establecimientos especializados- los que destinen a la venta de pan y derivados una superficie neta de venta de 30 m2, como mínimo, y esto represente un 60%, también como mínimo, del total de la superficie neta de venta del establecimiento. El horario de apertura de los establecimientos dedicados a la venta de pan es libre.
Actividades feriales
La Ley 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias (DOGC núm. 7426, de 3 de agosto de 2017) establece en su Título V relativo a las "Actividades Feriales" la definición, los conceptos, la clasificación, formatos posibles y el correspondiente régimen de intervención administrativa, entre otros.