Cesión de espacios a entidades
La utilización de los espacios y los bienes del Ateneu Municipal está regulada por la Ordenanza Fiscal nº34 del Ayuntamiento de Rubí. Esta ordenanza prevé en su anexo algunas exenciones fiscales para entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas (REC):
- ¿Como inscribir una entidad en el Registro de Entidades Ciudadanas (REC) del Ayuntamiento de Rubí?
- Ordenanza Fiscal nº34 - Tasa por la utilización de los espacios y los bienes del Ateneu Municipal (.pdf)
Cesión de espacios del Ateneu Municipal para entidades y asociaciones para actividades de carácter interno
El Ateneu dota al tejido asociativo de un espacio idóneo para la realización de actividades propias de la labor asociativa a nivel interno, como reuniones de trabajo, asambleas generales de socios o encuentros diversos.
- Para este tipo de actividad se deberá solicitar la cesión del espacio contactando directamente con el equipamiento, que dispondrá su cesión de acuerdo a criterios de agenda y de necesidades técnicas del equipamiento en el horario requerido.
Cesión de espacios del Ateneu Municipal para entidades y asociaciones para actividades con carácter público
La solicitud de cesión de espacios del Ateneu Municipal para la realización de actividades con carácter público, abiertas al conjunto de la ciudadanía, deberá realizarse mediante la presentación de la correspondiente instancia en el Registro General del Ayuntamiento, en un plazo mínimo de antelación de 15 días hábiles con respecto a la fecha de la actividad.
- Antes de presentar la instancia, se recomienda contactar con el equipo del Ateneu para consultar la disponibilidad del espacio para la fecha requerida, de acuerdo a la agenda y la programación regular del equipamiento. Esta consulta será únicamente de carácter informativo y no comportará en ningún supuesto la autorización de la cesión del espacio. La autorización de la cesión del espacio solicitado se resolverá necesariamente una vez presentada la instancia correspondiente.