La formación profesional específica se ordena en ciclos formativos que dan la calificación necesaria para ejecutar las tareas propias de la profesión.
La duración de los ciclos formativos engloba las horas lectivas destinadas a la formación en un centro educativo y las horas destinadas a la formación práctica en centros de trabajo. En total, oscila entre 1.300 y 2.000 horas, lo que supone, en general, uno o dos cursos académicos.
Los ciclos formativos se organizan en módulos profesionales, que se estructuran en créditos de carácter teórico-práctico de duración variable y propios de cada ciclo formativo. Además, incluyen, ordinariamente, un crédito de síntesis que debe permitir culminar la integración de los contenidos impartidos a lo largo del ciclo.
Por otra parte, los centros docentes disponen de un determinado número de horas lectivas para completar el currículum, las cuales, junto con los créditos de formación práctica en centros de trabajo y de síntesis, deben permitir, especialmente, la adaptación del currículo del ciclo en el entorno socioeconómico de cada centro docente.
El crédito de formación práctica en centros de trabajo es materia obligatoria y evaluable, y se lleva a cabo en empresas o entidades mediante los convenios que el Departamento de Educación ha establecido.
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