12. ¿Cuáles son los trámites que tengo que hacer para poder tener una instalación de autoconsumo solar en Rubí?
La tramitación de una instalación de autoconsumo se hace a dos niveles.
- Antes de iniciar las obras de la instalación, hay que hacer el trámite municipal correspondiente: la comunicación previa de obras para instalaciones de autoconsumo con energía fotovoltaica.
- Por otra parte, existe el trámite de seguridad industrial y energético con el organismo competente de la Generalitat de Catalunya.
Los pasos a seguir son los siguientes:
- Realizando la solicitud de la Comunicación previa de obras para instalaciones de autoconsumo con energía fotovoltaica.
Opción 1- Vía telemática con certificado digital: Aquí.
Opción 2 - Presencialmente en la Ventanilla Única Empresarial de Rubí (FUER).
La documentación a adjuntar es la siguiente:
- Solicitud de comunicación de obras (por duplicado en el caso de registro presencial)
- Autorización de la comunidad de propietarios en su caso
- Presupuesto de la instalación, firmado y sellado por la empresa
- Fotografías a color y en buena resolución del estado actual de la vivienda / edificación y tejado (no se aceptan fotografías de Google Maps)
- Nombramiento del contratista
- Plano del emplazamiento en el que la finca sea claramente identificada (no se aceptan planos de Google Maps)
- Poderes del representante legal (persona jurídica) o Modelo de autorización (persona física)
- Declaración Responsable Técnicos
- Nombramiento de la Dirección facultativa (asume del técnico competente)
- Proyecto técnico debidamente firmado por el técnico competente y el promotor (por duplicado en el caso de registro presencial) con estudio básico de seguridad y salud, y Coordinador de Seguridad y Salud, y el contenido mínimo incluido en el anexo del modelo de solicitud.
- Inicio de las obras.
Una vez entregada toda la documentación, si no hay ningún requerimiento por parte de la FUER, las obras de construcción pueden iniciarse de inmediato. - Pago del ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras) y solicitud de bonificación.
Una vez presentada la comunicación previa de obras, el ORGT notificará al titular de la liquidación del pago del ICIO que corresponde al 4% del total del coste de la instalación de autoconsumo.
Este impuesto está bonificado al 95% (según la ordenanza fiscal núm. 6) pero hay que pedirlo de forma expresa. Ver preguntas 19 y 20 para más información.
- Solicitud de autorización administrativa ante la Generalitat de Catalunya.
Hay que inscribir la instalación en el Registro de Autoconsumo de Cataluña (RAC), vía telemática y de acuerdo con los requisitos y formularios de la web.