Servicio de ayuda a domicilio (SAD)
Prestación que proporciona cuidados personales, ayuda en el hogar y apoyo social a aquellas personas y/o familias con dificultades sociales o de autonomía personal.
¿Qué es?
Es una prestación de servicio garantizada que consiste en un conjunto de acciones que se realizan básicamente en el hogar de la persona y/o familia. Proporciona cuidados personales, ayuda en el hogar y apoyo social a aquellas personas y/o familias con dificultades sociales o de autonomía personal. El servicio de ayuda a domicilio puede complementarse con otras modalidades de atención. Existen dos modalidades de SAD:
- SAD social. La duración y la intensidad del servicio depende de cada situación y se establece en función de una escala de valoración técnica
- SAD vinculado a la Ley de dependencia. Las horas de atención son las que establece la normativa en cada caso y según el acuerdo que se firme con la persona a atender o la familia
¿Dónde me puedo informar?
- En el Servicio de Primera Acogida de los Servicios Sociales Básicos o en el sector territorial correspondiente si la persona ya está atendida.
¿Cuáles son los requisitos?
Entre otros:
- Estar empadronado/a en Rubí
- Acreditar la situación de necesidad, de acuerdo con los artículos 8, 9 y 10 y el Anexo 2 del Decreto 27/2003, del 21 de enero, de atención social primaria, y, también, de acuerdo con la normativa específica del servicio
- En su caso, acreditar la situación de dependencia mediante la resolución emitida por el órgano de valoración correspondiente
- Ser atendido/a y derivad/a por los Servicios Sociales Básicos municipales
¿Cuál es el importe?
El Ayuntamiento puede establecer la cofinanciación del servicio de acuerdo con el sistema regulador de precio público y según la capacidad económica familiar.