Bolsa de Vivienda de Alquiler
La Red de mediación para el alquiler social se incluye en el Decreto 75/2014, de 27 de mayo, del Plan para el derecho a la vivienda tiene como objetivo principal facilitar el acceso a una vivienda de alquiler digna.
La Red es un sistema de mediación en el mercado inmobiliario que quiere aumentar la oferta de alquiler a precios moderados y al mismo tiempo movilizar el parque de pisos desocupados. Se dirige a personas y unidades de convivencia con ingresos de hasta 4 veces el IRSC (Indicador de renta de suficiencia de Cataluña). Se nutre de viviendas nuevas o de segunda mano, que están vacías y se ponen en el mercado mediante la gestión de las bolsas de vivienda.
Ventajas para personas propietarias:
- Seguros multirriesgo y de defensa jurídica
- Avalloguer
- Bonificación del 95% de la cuoota del IBI
- Subvención de hasta 8000.-€ de las obras de reforma y acondicionamiento de viviendas
- Seguimiento de la relación contractual
- Control del buen uso de las viviendas alquiladas
- Servicio gratuito de asesoramiento
- Tramitación de contratos.
Se realizarán contratos de alquiler que se regirán en base a lo que establece la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos (LAU) y el Real Decreto-Ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. Por tanto, tendrán una duración de cinco años en el caso de personas físicas y de siete años en el caso de personas jurídicas, también dispondrán de las prórrogas legales que contempla la mencionada ley.
Este contrato lo firmarán directamente la persona propietaria y la inquilina. Será el propietario el encargado de verificar si se ha realizado el pago del alquiler, y en caso de que no se haya realizado, lo comunicará inmediatamente a las oficinas de Proursa para poder mediar ambas partes.
Se tramitará el Avalloguer para garantizar el cobro de las rentas en caso de impago.
Se contratarán dos seguros, uno que cubre el procedimiento del Avalloguer y un seguro multirriesgo básico del hogar, que no tendrá ningún coste para las personas arrendadora.
La parte arrendadora asumirá el IBI, a partir de este año existe una bonificación de un 95%, y la parte arrendataria asumirá la comunidad y la tasa de basura (esto variará en función del precio de la vivienda).
Para realizar la tramitación del contrato será necesario aportar la siguiente documentación:
- DNI propietario/s.
- Fotocopia de la escritura o nota simple actualizada.
- Cédula de habitabilidad.
- Certificado de eficiencia energética.
- Recibo IBI en el que conste el número de referencia catastral de la finca.
- Últimas revisiones de gas.
- Boletines de instalación eléctrica (en el caso de actualizaciones, instalaciones de más de 20 años).
- Recibo comunidad.
- Últimas facturas, agua, luz y gas.
Nueva convocatoria de ayudas para la reforma y acondicionamiento de pisos vacíos
El Ayuntamiento de Rubí ha aprobado la concesión de ayudas económicas para personas propietarias de viviendas vacías para que puedan realizar reformas o acondicionarlas, siempre y cuando las pongan en alquiler mediante la Bolsa de Medicación para el Alquiler Social. Las subvenciones pueden solicitarse del 18 de abril al 17 de julio. Más información aquí.